Las corporaciones “S” sólo puede tener 100 accionistas. Ninguno de los accionistas puede ser extranjero no residente, ni puede tener como accionista otras empresas o sociedades de responsabilidad limitada. Las corporaciones “S” también deben seguir los procedimientos de las empresas y no tienen flexibilidad en la división de beneficios entre los propietarios (por ejemplo, si Miguel tiene el 29% de ABC, Co., el sólo es capaz de ganar el 29% de los beneficios).

No hay restricciones sobre la propiedad de una LLC. Además, un LLC es más fácil de manejar, ya que no está sujeto a las formalidades por el cual las corporaciones S deben cumplir.

División de los beneficios de un LLC o una corporación “S”

Una gran diferencia entre las corporaciones S y las sociedades de responsabilidad limitada es que los propietarios de una LLC pueden distribuir los beneficios de la manera que estimen conveniente. Por ejemplo, supongamos que Miguel y Pablo son dueños de una LLC en la que Miguel contribuyó $ 60.000 en capital y Pablo sólo contribuyó $40.000. Si Pablo hace el 75% del trabajo, el y Miguel pueden decidir dividir las ganancias uniformemente. Con una corporación S, no se puede dividir así; Miguel recibirá el 60% de los beneficios y Pablo el 40%.
Impuestos sobre el empleo

Los propietarios de una LLC se consideran trabajadores por cuenta propia y por lo tanto deben pagar un “impuesto de trabajo por cuenta propia” de 15,3% (va hacia el seguro social y Medicare). Los ingresos totales netos del negocio de la LLC están sujetas al impuesto por cuenta propia.

Para las corporaciones S, sólo el sueldo pagado al propietario-trabajador está sujeto al impuesto sobre el empleo. El resto de los ingresos que se paga como una distribución no está sujeta al impuesto sobre el empleo en virtud de las reglas del IRS. Por lo tanto, un propietario de una corporación “S” significa realizar importantes ahorros en impuestos de empleo.

Si yo no soy un ciudadano de los EE.UU., pero vivo en los EE.UU., ¿puedo ser un miembro de un LLC?

En general, no existen restricciones a la propiedad extranjera de una sociedad constituida en los Estados Unidos. El procedimiento para un ciudadano extranjero para formar una empresa en los Estados Unidos es el mismo que para un residente de los EE.UU.. No es necesario ser ciudadano de EE.UU. o tener una tarjeta verde a poseer una corporación o compañía de responsabilidad limitada formada en los Estados Unidos. Para recibir la transferencia a través de distribución de beneficios, un ciudadano extranjero puede constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada. Por el contrario, todas las distribuciones de beneficios hechas por una corporación C están sujetas a una doble imposición. (Bajo la ley de impuestos de los EE.UU., un extranjero no residente puede ser propietario de una corporación “C”, pero no puede poseer participaciones en una corporación “S”). Por esta razón, muchos ciudadanos extranjeros forman una compañía de responsabilidad limitada (LLC) en lugar de una corporación “C”.

Un ciudadano extranjero puede ser un funcionario de la empresa y / o director, pero no puede trabajar en los Estados Unidos o recibir un sueldo o compensación por los servicios prestados en los Estados Unidos, a menos que el extranjero tenga un permiso de trabajo (ya sea una tarjeta verde o una visa) expedido por los Estados Unidos. Algunos permisos de trabajo permiten a un ciudadano extranjero a trabajar sólo para una empresa patrocinadora.

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